Nuestros Servicios

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Fiscal - Impuestos

La deducción de los gastos en los que incurre la entidad, costos de venta, inversiones, ajustes inflacionarios, reparto de utilidades y la disminución de pérdidas, requieren ser aplicados de una manera precisa, cumpliendo con todos los requisitos conforme a la ley, para eliminar cualquier objeción por parte de la autoridad y por consecuencia la generación de un crédito fiscal. No basta contar solamente con el comprobante fiscal electrónico (CFDI).

Existen en la legislación tributaria diversos estímulos fiscales que en su mayoría no son aplicados por los contribuyentes, toda vez que conlleva realizar procedimientos que no son comunes, pero ciertamente lícitos, lo que por consecuencia hace perder el beneficio de deducir los importes correspondientes.

Los correctos registros contables son muy relevantes para justificar la deducción de los comprobantes fiscales, pero desde luego también lo son la razón de negocio y materialidad de las operaciones.

Defensa Fiscal

La intervención oportuna en un procedimiento de auditoria llevado a cabo por la autoridad reduce considerablemente, dependiendo su naturaleza, la posibilidad de que esa facultad derive en un crédito fiscal .

Observar la forma en un procedimiento es importante sin embargo centrarse en el fondo permite la defensa efectiva y la identificación del del elemento que permita obtener una sentencia lisa y llana. 

Aunque el recurso de revocación, el juicio de nulidad y el juicio de amparo son los medios mas socorridos por el contribuyente para defenderse de los abusos de la autoridad, en realidad son mas de diez medios de defensa a los que podemos recurrir, entre ellos el de reclamación, revisión, revisión administrativa, de inconformidad, juicio de responsabilidad patrimonial del Estado, consulta fiscal y acuerdos conclusivos.

Pericial Contable

Planear y ejecutar una prueba pericial contable permite a los abogados contar con elementos solidos suficientes para proponer una prueba pericial útil.  

Peritos oficiales del Consejo de la Judicatura Federal, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y de diversos Tribunales Locales son algunas de las entidades oficiales que utilizan nuestros servicios.

Nuestra experiencia en periciales contables, la hemos obtenido principalmente a lo largo de mas de los ocho años de trabajo continuo  con diversos bufetes de abogados, que requieren nuestros servicios periciales para efecto de conformar una  prueba pericial contable útil frente a distintas  instancias, juntas de peritos y cuestionamientos de las autoridades. 

El trabajo de conformar una prueba pericial no concluye con la entrega de esta, toda vez que debe ser defendida en la instancia correspondiente y pasando por un escrutinio de la contraparte y juzgador.  

Auditoría Forense

La auditoria forense tiene el objeto de investigar la presunta existencia de fraudes y obtener las evidencias necesarias para lograr una determinación judicial y legal.

Toda auditoría forense requiere un plan de trabajo que, una vez estructurado debe implementarse, obteniendo la información útil que será la evidencia documental que dieron origen a la auditoria.

Una vez documentado las operaciones fraudulentas que fueron el motivo de la auditoria, debe replantearse el trabajo para investigar y determinar si lo documentado es el universo de lo defraudado, o bien existe una nueva línea de investigación en el sentido de documentar nuevos descubrimientos.

 La evaluación de los resultados permite  determinar que es útil y que elementos deben de ser integrados en los reportes, que por lo general, un abogado presenta ante la fiscalía para efecto de  llevar a cabo la denuncia en el aspecto penal o bien,  cualquier otra instancia que pretenda llevar a cabo el ofendido.   

Dictamen Fiscal

La legislación admite tres condiciones de los contribuyentes, personas físicas y morales, frente a la normativa que instruye la  ejecución de un dictamen fiscal.

Dependiendo  de los ingresos obtenidos y del número de trabajadores que le hayan prestado servicios, el contribuyente puede no ser obligado,  optar voluntariamente a realizarlo o bien ser objeto obligado de llevar a cabo una dictaminación en sus estados financieros.

Independientemente del orden financiero, corporativo y administrativo, los beneficios de llevar a cabo una auditoria fiscal en el aspecto tributario son que se presumirán como ciertos los hechos ahí afirmados, en caso de que la autoridad proceda a una revisión debe proceder primero requiriendo al auditor y las autoridades deberán concluir anticipadamente las visitas en los domicilios fiscales.

Lo anterior minimiza la posibilidad de revisión por parte de la autoridad  y en su caso, otorgando tiempo al contribuyente para entender el objeto de presunción y prepararse acertadamente para una eventual revisión.

Dictamen Seguro Social 

Toda patrón o sujeto obligado que cuente con un promedio anual de trescientos o mas  trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior se encuentra obligado a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones frente al Instituto del Seguro Social.

Todos aquellos otros patrones que no cumplan con la condición que los obliga a dictaminarse, pueden voluntariamente realizarlo y de esta manera obtener los beneficios que señala la propia legislación, es decir: No ser objeto de visitas domiciliarias por parte del Instituto.

Uno de los principales beneficios de llevar a cabo una revisión es lograr la opinión de un experto con respecto al cálculo y pago de las previsiones sociales realizadas y evitar una posible sanción en caso de que de la revisión derive la identificación de omisiones por parte del patrón con respecto a las cuotas que debió haber cubierto al Instituto.     

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